Decreto Nacional 146/98

Secretar’a de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, modificaci—n de la estructura organizativa.

 

Decreto Nacional 146/98

 

Bs. As., 30/01/98

B. O.: 05/02/98.

 

VISTO la ley 24.629 de Normas para la Ejecuci—n del Presupuesto y la Reorganizaci—n Administrativa, la ley N¡24.938 de aprobaci—n del Presupuesto General para la Administraci—n Pœblica Nacional, las leyes N¡22.697 de creaci—n de la COMISION REGIONAL DEL BERMEJO, N¼23.027 de creaci—n de la COMISION NACIONAL DEL TRATADO DE LA CUENCA DEL PLATA Y DEL COMITE HIDRICO DE LA CUENCA DEL PLATA N¡23.896 de creaci—n de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN y NEGRO N¡24.583 de creaci—n del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, el Decreto N¡999 del 18 de junio de 1.992 de creaci—n del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS, el Decreto N¡2736 del 29 de diciembre de 1.993 de creaci—n del ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS COMAHUE (ORSEP-COMAHUE), los Decretos N¡787 del 22 de abril de 1.993, N¡856 del 3 de junio de 1.994, N¡558 del 24 de mayo de 1.996, N¡660 del 24 de junio de 1.996, N¡1381 del 29 de noviembre de 1.996, N¡1403 del 3 de diciembre de 1.996, N¡1410 el 3 de diciembre de 1.996, N¡1564 del 19 de diciembre de 1.996, N¡107 del 5 de febrero de 1.997, N¡149 del 14 de febrero de 1.997, N¡756 del 11 de agosto de 1.997 y modificatorio N¡16 del 6 de enero de 1.998, N¡1167 del 7 de noviembre de 1.997 y las Decisiones Administrativas N¡487 del 19 de diciembre de 1.996 y N¡6 del 6 de enero de 1.998, y

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la ley 24.629 se dictaron las normas tendientes a profundizar la reforma y modernizaci—n.

 

Que en el ejercicio de las facultades constitucionales, en el marco de la reforma del Estado, el Poder Ejecutivo Nacional dict— los Decretos N¡558/96, N¡660/96, N¡1381/96, N¡1410/96 y N¡756/97.

 

Que resulta necesario centralizar la definici—n estratŽgica de los lineamientos y prioridades para el dise–o de las pol’ticas y programas en materia del manejo integrado de los recursos naturales y del ambiente general.

 

Que resulta pol’tica prioritaria del Gobierno Nacional otorgar al manejo de los recursos h’dricos, superficiales y subterr‡neos, y a todo lo atinente a las obras hidr‡ulicas y de saneamiento un enfoque integrado y global que permita una adecuada preservaci—n y recuperaci—n del medio ambiente.

 

Que por lo tanto, es necesario centralizar a nivel nacional la coordinaci—n de la planificaci—n, programaci—n, ejecuci—n, evaluaci—n y control de las obras hidr‡ulicas y de saneamiento en el pa’s.

 

Que en tal sentido deviene necesario la modificaci—n de la estructura organizativa, objetivos, responsabilidad primaria y acciones de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.

 

Que asimismo, atento a la transferencia de competencias efectuada en este acto, corresponde sustituir la autoridad de aplicaci—n del contrato de concesi—n de servicio pœblico de agua potable y desagŸes cloacales celebrado con Aguas Argentinas S.A.

 

Que en tal sentido, deben reubicarse las entidades, comisiones, unidades ejecutoras, delegaciones nacionales y todo otro organismo existente en las estructuras estatales antes mencionadas.

 

Que por lo tanto, resulta conveniente fortalecer y jerarquizar las ‡reas de coordinaci—n interna que aseguren el adecuado dinamismo de la nueva estructura a aprobarse.

 

Que la presente medida no importa incremento del Presupuesto General de la Administraci—n Pœblica Nacional para el ejercicio 1.998.

 

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO ha tomado la intervenci—n de su competencia y dado su aprobaci—n.

 

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el art’culo 99 inciso 1) de la Constituci—n Nacional y el art’culo 15 de la ley N¡24.938.

 

Por ello,

 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

 

DECRETA:

 

Art’culo 1¡- Modif’case el Decreto N¡1381/96, que aprueba la estructura organizativa de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, conforme al ORGANIGRAMA, OBJETIVOS y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y ACCIONES, que obran como Anexos I, II y III del presente Decreto.

 

Art. 2¡- La SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, en un plazo no mayor de SESENTA DIAS (60) d’as a partir del dictado del presente Decreto, deber‡ presentar la adecuaci—n de las estructuras organizativas de todos los organismos que se transfieren a la —rbita de su jurisdicci—n, as’ como tambiŽn, la de las unidades ejecutoras, coordinadoras y de implementaci—n, reorganiz‡ndolas en atenci—n a los nuevos lineamientos pol’ticos que surjan como consecuencia de la reubicaci—n institucional.

 

Art. 3¡- Modif’case el Decreto N¡756/97, transfiriendo la DIRECCION NACIONAL DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS al ‡mbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

 

Art. 4¡- TransfiŽrese el INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS (ex CRAS) dependiente del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR) dependiente de la SUBSECRETARIA DE MINERIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS al INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE, ente descentralizado de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

 

Art.5¡- TransfiŽrese el ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO (E.N.H.O.SA) de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS al ‡mbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

 

Art. 6¡- TransfiŽrese del ‡mbito del MINISTERIO DEL INTERIOR a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION el COMITE INTERJURISDICCIONAL DEL RIO COLORADO (C.O.I.R.C.O.) quedando, en su consecuencia, modificado el Decreto N¡1410/96.

 

Art. 7¡- TransfiŽrese del ‡mbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, SECRETARIA DE ENERGIA a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION el ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS COMAHUE (O.R.S.E.P. COMAHUE).

 

Art. 8¡- TransfiŽrese del ‡mbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION la COMISION REGIONAL DEL RIO BERMEJO (CO.RE.BE) y establŽcese que el Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable ejercer‡ la Presidencia de su Consejo de Gobierno, quedando en consecuencia, modificado el Decreto N¡856/94.

 

Art. 9¡- Modif’case el Anexo III del Decreto N¡660/96 y sus modificatorios. estableciŽndose que en el ‡mbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION actuar‡n los organismos descentralizados que se indican en el Anexo IV del presente Decreto.

 

Art. 10.- TransfiŽrense a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION todos los proyectos/programas con financiamiento de organismos internacionales que se detallan en el Anexo V del presente Decreto, con sus respectivas unidades ejecutoras, plantas y presupuestos previstos. Asimismo se transferir‡n al Organismo citado todos los proyectos/programas que se ejecuten en el futuro referidos a las competencias asignadas por el presente Decreto.

 

Art. 11.- Las transferencias dispuestas por el presente Decreto comprender‡n las unidades organizativas con sus respectivos cargos, nivel de funciones ejecutivas, dotaciones, bienes y crŽditos presupuestarios vigentes a la fecha del presente y aquellas competencias que no sean modificadas expresamente por este Decreto.

 

Art. 12.- En un plazo de TREINTA (30) d’as la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION propondr‡ a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Anexo de dotaci—n de cargos, el Anexo en el que conste el listado del personal transferido as’ como el proyecto de modificaci—n presupuestaria para adecuar las partidas a lo dispuesto en el presente Decreto.

 

Art. 13.- El personal transferido continuar‡ percibiendo sus haberes con cargo a las partidas del presupuesto de la jurisdicci—n de origen hasta tantos se efectivicen las transferencias dispuestas en el art’culo anterior.

 

Art. 14.- Modif’case la estructura organizativa de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, aprobada por Decreto N¡756/97 y modificatorio N¡16/98, en lo indicado en el Anexo VI que forma parte del presente Decreto.

 

Art. 15.- Modif’canse los Anexos I y II del Decreto N¡1663/96, aprobando el ORGANIGRAMA y los OBJETIVOS DEL SERVICIO GEOLOGICO MINERO (SEGEMAR), de acuerdo a los Anexos VII y VIII del presente Decreto y suprimiendo del mismo Anexo II lo referido al INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS, atento a la transferencia dispuesta en el art’culo 4¡.

 

Art. 16.- TransfiŽrese a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION el car‡cter de autoridad de aplicaci—n de los convenios y acuerdos existentes y en curso de ejecuci—n vinculados a las competencias que se le asignan en virtud del presente Decreto.

 

Art. 17.- En toda obra hidr‡ulica y de saneamiento que se estŽ llevando a cabo en el pa’s y en la que se proyecte en el futuro, sea de car‡cter internacional, regional, provincial o municipal, que reciba asistencia tŽcnica y financiera del Gobierno Nacional o, a travŽs de Žste, de organismos internacionales o de otras fuentes de financiaci—n, deber‡ intervenir en forma obligatoria y vinculante, en su programaci—n, supervisi—n, evaluaci—n y control, la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

 

Art. 18.- La SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, juntamente con las jurisdicciones ejecutoras de los programas y proyectos que se enumeran en el ANEXO IX arbitrar‡n, de acuerdo a las finalidades perseguidas por el presente Decreto y en el tŽrmino de CUARENTA Y CINCO (45) d’as, las medidas necesarias para dar cumplimento a los objetivos de centralizaci—n de la coordinaci—n, a nivel nacional, de la pol’tica h’drica y de la obra pœblica hidr‡ulica y de saneamiento, respectivamente.

 

Art. 19.- Modif’case el art’culo 3¡ del Decreto N¡999/92 que quedar‡ redactado de la siguiente manera: "Los representantes de la jurisdicci—n nacional en el Directorio del ENTE TRIPARTITO ser‡n nombrados por la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION".

 

Art. 20.- Des’gnase autoridad de aplicaci—n del contrato de concesi—n de servicio pœblico de agua potable y desagŸes cloacales celebrados con Aguas Argentinas S.A. a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE modific‡ndose en consecuencia el art’culo 2¼ inciso a), apartados I y II del Decreto N¡149 del 14 de febrero de 1.997 y el art’culo 2¼ del Decreto N¡1167 del 7 de noviembre de 1.997, excluyendo a la SECRETARJA DE OBRAS PUBLICAS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de las facultades conferidas en los Decretos citados, as’ como las establecidas en el Acta-Acuerdo aprobada por Decreto N¡1167 en los puntos 2.3., 2.4.3., 4.1., 6.1. y 6.2.

 

Art. 21.- El gasto que demande la aplicaci—n del presente Decreto, ser‡ atendido con los crŽditos vigentes del Presupuesto de la Administraci—n Pœblica Nacional para el presente ejercicio para las jurisdicciones involucradas.

 

Art. 22.- Comun’quese, publ’quese, dŽse a la Direcci—n Nacional del Registro Oficial y arch’vese.

 

- MENEM. - Jorge A. Rodr’guez. - Roque B. Fern‡ndez. - Carlos V. Corach.

 

 

 

ANEXO I

 

 

 

 

 

ANEXO II

 

OBJETIVOS

 

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE

 

Asistir al Presidente de la Naci—n en todo lo inherente a la preservaci—n y recuperaci—n del medio ambiente y la conservaci—n de los recursos naturales renovables tendientes a alcanzar un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, en el marco de lo dispuesto en el art’culo 41 de la Constituci—n Nacional, y en particular:

 

1.- Entender en el relevamiento, conservaci—n, recuperaci—n, defensa y desarrollo de los recursos naturales renovables, en su ‡rea.

 

2.- Entender en la propuesta y elaboraci—n de los reg’menes normativos relativos a la conservaci—n y desarrollo sustentable de los recursos naturales renovables y los referidos a sus restantes fines, a travŽs de la fijaci—n del nivel de su aprovechamiento.

 

3.- Entender en la preservaci—n y administraci—n de los bosques, parques, reservas nacionales, ‡reas protegidas y monumentos naturales.

 

4.- Entender en la propuesta y elaboraci—n de las normas que contengan los presupuestos m’nimos de protecci—n ambiental.

 

5.- Entender en la elaboraci—n de la pol’tica h’drica nacional y en la propuesta y ejecuci—n de las pol’ticas relativas a la gesti—n de los recursos h’dricos, incluyendo los servicios e infraestructura, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos de desarrollo vinculados a los mismos en todas sus manifestaciones, a fin de proveer a su uso correcto y eficiente, y a la determinaci—n de pol’ticas tarifarias y de participaci—n pœblica y privada en las diversas facetas de la gesti—n.

 

6.- Intervenir en el rŽgimen jur’dico de las aguas de los r’os interprovinciales y sus afluentes.

 

7.- Intervenir en el dise–o de la pol’tica exterior de la Naci—n en materia de recursos h’dricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de r’os sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en general, asumiendo la representaci—n tŽcnica nacional en los organismos respectivos.

 

8.- Entender en la elaboraci—n, propuesta y ejecuci—n de la pol’tica nacional en materia de obra pœblica hidr‡ulica y de saneamiento, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos relativos a ella a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal. Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecuci—n, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente por la normativa vigente en la materia, o las que en el futuro se le deleguen.

 

9.- Coordinar todo lo referido a proyectos de obras hidr‡ulicas y de saneamiento entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales, Municipales y el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

 

10.- Ejercer las facultades de supervisi—n respecto de aquellos entes u organismos de control de las ‡reas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretar’a cuando tengan una vinculaci—n funcional con la misma y hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

 

11.- Asistir en la resoluci—n de los recursos de car‡cter administrativo que se interpongan en contra de las actividades espec’ficas del accionar de los entes mencionados en el p‡rrafo anterior.

 

12.- Entender en la propuesta y elaboraci—n de las normas y reglamentos relacionados con la contaminaci—n ambiental, con intervenci—n de los organismos pœblicos que correspondan.

 

13.- Entender en la elaboraci—n y actualizaci—n permanente del diagn—stico de la situaci—n ambiental nacional, a nivel regional y de los asentamientos humanos, en coordinaci—n con otros organismos nacionales, provinciales y municipales.

 

14.- Entender en la promoci—n del desarrollo ambientalmente sustentable de los asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida, disponibilidad y conservaci—n de los recursos naturales.

 

15.- Entender en el establecimiento de mŽtodos tendientes a la evaluaci—n y control de la calidad del medio ambiente en los asentamientos humanos, as’ como indicadores y pautas para verificar el uso de los recursos naturales renovables.

 

16.- Entender en el registro, clasificaci—n, certificaci—n ambiental y fiscalizaci—n de los generadores, operadores y transportistas de residuos peligrosos, de conformidad con la legislaci—n nacional y los tratados internacionales vigentes en la materia.

 

17.- Entender en la definici—n de pol’ticas vinculadas con la informaci—n y cooperaci—n internacional en el campo del medio ambiente y del desarrollo sustentable.

 

18.- Entender en las acciones tendientes a la promoci—n del desarrollo de la conciencia de la comunidad sobre los problemas ambientales del pa’s, a travŽs de una educaci—n sistem‡tica inserta en los programas regulares de la educaci—n comœn y de una adecuada difusi—n por los medios de comunicaci—n social, fomentando una participaci—n activa de sus integrantes en las tareas de preservaci—n y mejoramiento del medio ambiente, en coordinaci—n con los organismos pertinentes.

 

19.- Coordinar con el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, y con los organismos provinciales competentes, la investigaci—n y los programas de educaci—n en las ciencias medio ambientales, promoviendo activamente las m‡s avanzadas experiencias tŽcnicas en el campo del medio ambiente y del desarrollo sustentable.

 

20.- Entender en el establecimiento de un sistema de informaci—n al pœblico sobre el estado del ambiente, sobre las pol’ticas que se desarrollen y sus programas respectivos y sobre los temas ambientales, que conduzcan a la realizaci—n de audiencias pœblicas.

 

21.- Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales de car‡cter ambiental o vinculadas al desarrollo sustentable y el registro de las mismas, para garantizar la participaci—n ciudadana en los temas de su competencia.

 

22.- Entender en el orden interno, como autoridad de aplicaci—n, en los tratados internacionales relacionados con los temas de su competencia, e intervenir en la formulaci—n de convenios internacionales en los asuntos propios de su ‡rea juntamente con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

 

23.- Conducir la gesti—n y obtenci—n de cooperaci—n tŽcnica y financiera internacional que otros pa’ses u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y pol’ticas del ‡rea de su competencia.

 

 

 

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS

 

1. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la elaboraci—n y ejecuci—n de la pol’tica h’drica nacional y en la propuesta del marco regulatorio relativo al manejo de los recursos h’dricos, vinculando y coordinando la acci—n de las jurisdicciones y organismos intervinientes en la problem‡tica h’drica.

 

2. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la ejecuci—n de programas y acciones vinculados a la gesti—n de recursos h’dricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de aguas sucesivos y contiguos y regiones h’dricas interprovinciales y cuerpos de agua en general, representando al Estado Nacional en coordinaci—n con los organismos y jurisdicciones involucradas.

 

3. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la formulaci—n y ejecuci—n de programas y acciones de gesti—n y desarrollo de infraestructura y servicios vinculados a los recursos h’dricos en lo que respecta a su construcci—n, operaci—n, mantenimiento, control y regulaci—n, a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal, promoviendo los mecanismos de participaci—n del sector privado y de la comunidad, en los casos que corresponda.

 

4. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la ejecuci—n de la pol’tica nacional de prestaci—n de los servicios pœblicos y de abastecimiento de agua potable, evaluaci—n y tratamiento de excretas y otros complementarios.

 

 

 

SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL

 

1. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la elaboraci—n y ejecuci—n de la pol’tica nacional vinculada al ordenamiento ambiental, en todo lo relativo a la fijaci—n de normas de calidad del ambiente, los instrumentos de gesti—n ambiental, el an‡lisis y prevenci—n de los procesos de deterioro del medio en el marco de una estrategia a nivel regional y de los asentamientos humanos.

 

2. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en todo lo relativo a la consolidaci—n de una conciencia ambiental de la poblaci—n, atendiendo particularmente al dise–o de estrategias de capacitaci—n, formaci—n, informaci6n y difusi—n de la tem‡tica ambiental.

 

3. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la elaboraci—n y ejecuci—n de la pol’tica nacional vinculada al manejo integral de los residuos.

 

4. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en todo lo relativo a la adopci—n y promoci—n de tecnolog’as, procesos, productos y servicios ambientales.

 

 

 

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE

 

1.- Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la conservaci—n, recuperaci—n y utilizaci—n racional de los recursos naturales del pa’s -en el marco de la competencia de la Secretar’a- y en las relaciones institucionales con otros organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, el PODER JUDICIAL DE LA NACION, las jurisdicciones provinciales y municipales, organismos gubernamentales y no gubernamentales -nacionales, extranjeros e internacionales.

 

2.- Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en las gestiones tendientes a obtener fondos para la implementaci—n de proyectos en el ‡mbito de sus competencias especificas, con el fin de concretar procesos de desarrollo sustentable en el pa’s

 

 

 

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

 

1. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la coordinaci—n del asesoramiento requerido para la ejecuci—n de objetivos, pol’ticas y actividades de gesti—n de la jurisdicci—n y en la relaci—n funcional con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y todo —rgano constitucional de control, con la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO. con las Secretar’as de Control EstratŽgico, Equidad Fiscal y Funci—n Pœblica, que se encuentran en el ‡mbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

 

2. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la coordinaci—n de las unidades de apoyo del ‡rea y espec’ficamente, en la ejecuci—n de las acciones legales, tŽcnicas, administrativas - financieras y de recursos humanos, en el control de cumplimiento de las metas presupuestarias de los proyectos que sean llevados en la jurisdicci—n por las distintas subsecretarias, organismos descentralizados, aut‡rquicos, comisiones, unidades ejecutoras y todo otro mecanismo institucional que funcione en la jurisdicci—n.

 

3. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en la evaluaci—n, control y seguimiento de las unidades ejecutoras, unidades de implementaci—n y todo otro mecanismo que funcione en el ‡rea de su competencia, correspondiente a los distintos emprendimientos o proyectos que se desarrollen en la jurisdicci—n, incluyendo los que se lleven con organismos internacionales.

 

4. Asistir al Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en el an‡lisis de la oportunidad, mŽrito y conveniencia de los proyectos de actos a ser suscriptos por el mismo.

 

 

 

ANEXO III

 

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

 

Responsabilidad primaria:

 

1.- Prestar un servicio a toda la organizaci—n consistente en la ejecuci—n posterior de ex‡menes y evaluaciones de las actividades de las dependencias utilizando el enfoque de control integral e integrado de manera de asegurar la continua optimizaci—n de los niveles de eficacia, eficiencia y econom’a de la gesti—n gubernamental.

 

Acciones

 

1¡- Elaborar el planeamiento general de la Auditoria Interna a desarrollar en el ente de acuerdo a las normas generales de control interno y de auditor’a interna aplicando el modelo de control integral e integrado, que privilegie los principios de eficiencia, eficacia y econom’a.

 

2¡- Elaborar el plan anual de Auditoria Interna y remitir el mismo a la Sindicatura General de la Naci—n para su discusi—n y aprobaci—n final.

 

3¡- Evaluar el cumplimiento de las pol’ticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.

 

4¡- Asesorar a la autoridad superior en la determinaci—n de las normas y procedimientos inherentes al sistema de control interno. Evaluar el cumplimiento de dicha normativa por parte de las distintas dependencias de la Secretar’a.

 

5¡- Revisar y evaluar integralmente el cumplimiento de los actos y la aplicaci—n de los controles operacionales, contables, de legalidad y financieros.

 

6¡- Verificar si las erogaciones son efectuadas y los ingresos son percibidos de acuerdo con las normas legales y contables aplicables, y a los niveles presupuestarios correspondientes.

 

7¡- Determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboraci—n de la informaci—n.

 

8¡- Determinar la precisi—n de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo tomadas para protegerlos.

 

9¡- Producir informes de auditor’a sobre las actividades desarrolladas y en su caso formular las recomendaciones u observaciones que correspondan a las autoridades superiores y a la Sindicatura General de la Naci—n.

 

10.- Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

 

11.- Informar sobre los temas que la Sindicatura General de la Naci—n requiera.

 

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS

 

DIRECCION NACIONAL DE POLITICA HIDRICA

 

Responsabilidad Primaria:

 

1.- Elaborar propuestas y ejecutar pol’ticas, programas y proyectos vinculados a los recursos h’dricos destinados a alcanzar un desarrollo sustentable.

 

2.- Proponer y promover estrategias dirigidas a un manejo integrado de las cuencas h’dricas.

 

3.- Evaluar y promover la fijaci—n y aplicaci—n de normas dirigidas a la preservaci—n y protecci—n de los recursos h’dricos.

 

 

Acciones

 

1¡- Promover la formulaci—n y ejecuci—n de planes y programas dirigidos al mejoramiento de la calidad de los recursos h’dricos, segœn las potencialidades y restricciones de los mismos.

 

2¡- Promover sistemas de manejo integrado de los recursos h’dricos, en particular los destinados a las empresas vinculadas al desarrollo de infraestructura.

 

3¡- Promover acciones de prevenci—n y de mitigaci—n de los riesgos h’dricos y sus efectos, asesorando y coordinando el cumplimiento de las mismas en provincias y municipios y, cuando correspondiere, lograr la asistencia de organismos nacionales e internacionales.

 

4¡- Proponer y promover estrategias innovadoras referidas a la contaminaci—n de los recursos h’dricos y alternativas de recuperaci—n de los mismos.

 

5¡- Promover acciones de prevenci—n y protecci—n de los usos alternativos de los recursos h’dricos.

 

6¡- Promover Unidades de Gesti—n, intersectoriales e interjurisdiccionales, a nivel de cuenca, a fin de ejecutar la pol’tica h’drica nacional.

 

7¡- Asesorar y brindar servicios tŽcnicos a la actividad productiva, a los proyectos de inversi—n, as’ como a los organismos oficiales sobre la correcta utilizaci—n de los recursos h’dricos existentes.

 

8¡- Elaborar y proponer normas jur’dicas que regulen el uso y preservaci—n de los recursos h’dricos, en coordinaci—n con los organismos competentes de las diversas jurisdicciones.

 

DIRECCION NACIONAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HIDRICOS

 

Responsabilidad Primaria:

 

1.- Elaborar propuestas y ejecutar pol’ticas, programas y proyectos vinculados a las obras pœblicas hidr‡ulicas y a las obras de saneamiento h’drico.

 

2.- Realizar la gesti—n inherente a la participaci—n de la Subsecretar’a en todo el ciclo de vida de la obra pœblica hidr‡ulica y de saneamiento, comprendiendo sus etapas de programaci—n, proyecto, construcci—n, operaci—n, mantenimiento y cese de utilidad.

 

3.- Asistir al Subsecretario de Recursos H’dricos en todo lo referente a la prestaci—n de los servicios pœblicos y de abastecimiento de agua potable, evacuaci—n y tratamiento de excretas y otros complementarios.

 

 

Acciones

 

1¡- Evaluar y promover la fijaci—n y aplicaci—n de normas dirigidas a la obra pœblica hidr‡ulica y de saneamiento, incluidas las relativas a la concesi—n de las mismas.

 

2¡- Elaborar los pliegos e intervenir en el proceso de contrataci—n y licitaci—n de la obra pœblica hidr‡ulica y de saneamiento.

 

3¡- Intervenir en la recomendaci—n para la adjudicaci—n de la obra pœblica hidr‡ulica y en la elaboraci—n de los tŽrminos de la relaci—n contractual.

 

4¡- Asistir al Subsecretario en la planificaci—n y distribuci—n de las obras de saneamiento h’drico y de abastecimiento de agua potable atendiendo, especialmente, al diagn—stico de las necesidades en la materia y al perfil epidemiol—gico de la poblaci—n, en relaci—n con las enfermedades de origen h’drico y en coordinaci—n con el Ministerio de Salud y Acci—n Social.

 

5¡- Asistir al Subsecretario en la celebraci—n de convenios con las provincias y otras entidades para el desarrollo e implementaci—n de los programas y acciones en materia de obra pœblica hidr‡ulica y de saneamiento h’drico.

 

DIRECCION DE APROVECHAMIENTOS HIDRAULICOS

 

Acciones

 

1¡- Dirigir y supervisar la ejecuci—n de las obras pœblicas hidr‡ulicas, e intervenir en la asignaci—n de los costos de certificaci—n.

 

2¡- Supervisar, fiscalizar y ejecutar lo atinente al monitoreo y control de la operaci—n de las obras pœblicas hidr‡ulicas.

 

3¡- Intervenir en la recomendaci—n para la recepci—n provisoria y definitiva de las obras, en el mantenimiento de la relaci—n contractual y en los posibles conflictos que surjan de la misma.

 

4¡- Proponer, desarrollar y mantener actualizado un registro de las obras pœblicas hidr‡ulicas que se lleven a cabo en el pa’s.

 

5¡- Identificar l’neas de crŽdito y mecanismos de asistencia financiera en general, en el pa’s y a nivel internacional, que coadyuven a la concreci—n de las obras hidr‡ulicas que se consideren prioritarias.

 

DIRECCION DE SANEAMIENTO HIDRICO

 

Acciones

 

1¡- Elaborar y analizar diagn—sticos de situaci—n y evaluaci—n a nivel regional relacionados con las necesidades y demandas de abastecimiento de agua potable y de obras de saneamiento h’drico.

 

2¡- Desarrollar y fomentar planes, programas y acciones referidos a las obras de saneamiento h’drico y su relaci—n con el mejoramiento de calidad de vida de la poblaci—n involucrada y con los procesos de desarrollo sustentable existentes, especialmente, con aquellos localizados en econom’as regionales postergadas.

 

3¡- Participar en todo el ciclo de las obras de saneamiento h’drico, desde su planificaci—n, construcci—n, vida œtil y, en su caso, cese de actividad.

 

4¡- Identificar l’neas de crŽdito y mecanismos de asistencia financiera en general, en el pa’s y a nivel internacional, que coadyuven a la concreci—n de las obras de saneamiento h’drico que se consideren prioritarias.

 

SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL

 

DIRECCION NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL

 

Responsabilidad Primaria:

 

1.- Elaborar propuestas y ejecutar pol’ticas, programas y proyectos vinculados al ordenamiento ambiental, a nivel regional y de los asentamientos humanos, con especial Žnfasis en la protecci—n y recuperaci—n de los recursos de valor patrimonial.

 

2.- Ejecutar las acciones relativas a la implementaci—n de la normativa vigente en materia de generaci—n, manipulaci—n, transporte, tratamiento y disposici—n final de residuos peligrosos.

 

3.- Proponer y promover la fijaci—n y aplicaci—n de normas tŽcnicas de calidad y de instrumentos de manejo ambiental.

 

4.- Proponer y coordinar programas y acciones de educaci—n, capacitaci—n y difusi—n, dirigidos a la formaci—n de recursos humanos especializados y a la creaci—n de una conciencia ambiental en la poblaci—n, con el fin de lograr pautas de comportamiento adecuado y participaci—n responsable.

 

 

Acciones

 

1¡- Proponer y promover normas referidas a la calidad del medio.

 

2¡- Promover la formulaci—n y ejecuci—n de planes y programas dirigidos al mejoramiento de la calidad ambiental de los asentamientos humanos, segœn las potencialidades y restricciones del medio.

 

3¡- Supervisar y evaluar las actividades realizadas por terceros vinculadas al registro de todas las empresas que manipulen, generen, traten o transporten residuos peligrosos, otorgando o denegando los correspondientes certificados de habilitaci—n.

 

4¡- Promover sistemas de manejo ambiental, en particular los destinados a las empresas vinculadas al desarrollo de infraestructura y de actividades productivas.

 

5¡- Promover acciones de prevenci—n y de mitigaci—n de los efectos y de los riesgos ambientales, asesorando y coordinando el cumplimiento de las mismas en provincias y municipios y cuando correspondiere, lograr la asistencia de organismos nacionales e internacionales.

 

6¡- Elaborar informes de aptitud tŽcnica y promover el reconocimiento de los eco-ciclos de los productos y procesos.

 

7¡- Coordinar con el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION la tem‡tica ambiental en la curricula de todos los niveles de ense–anza y actualizaci—n de los sistemas de perfeccionamiento docente, en lo que hace espec’ficamente a la tem‡tica del medio, caracterizada segœn regiones.

 

8¡- Promover campanas de difusi—n dirigidas a la comunidad en su conjunto y a sectores particularmente involucrados en ciertos aspectos de la problem‡tica ambiental, tendiente al desarrollo de conductas que favorezcan a un mejoramiento de la calidad de vida de la poblaci—n.

 

9¡- Supervisar y evaluar las actividades realizadas por terceros, vinculadas al registro de todas las empresas que manipulen, generen, traten o transporten sustancias peligrosas, otorgando o denegando los correspondientes certificados de habilitaci—n.

 

DIRECCION DE CALIDAD AMBIENTAL

 

Acciones

 

1¡- Proponer y promover reg’menes normativos, mecanismos institucionales y acciones que tiendan a mejorar la calidad ambiental.

 

2¡- Desarrollar y fomentar planes, programas y acciones referidos al ordenamiento ambiental a nivel regional y de los asentamientos humanos, en orden al mejoramiento de la calidad de vida de la poblaci—n involucrada.

 

3¡- Promover y supervisar diagn—sticos de situaci—n y evaluaci—n ambientales a nivel regional, de los asentamientos humanos y de los proyectos.

 

4¡- Proponer y promover acciones tendientes a la preservaci—n y mejoramiento del patrimonio natural y antr—pico, a la recuperaci—n e incremento de los espacios pœblicos y a la valorizaci—n de los residuos, en los asentamientos humanos.

 

5¡- Proponer y promover normas y acciones en el marco del rŽgimen jur’dico vigente en materia de residuos peligrosos.

 

6¡- Promover sistemas de manejo ambiental que incluyan instrumentos id—neos para la aplicaci—n de los mismos tales como evaluaci—n ambiental, monitoreos, auditor’as, certificaciones ambientales y acuerdos voluntarios.

 

DIRECCION DE TECNOLOGIA, PROCESOS Y SERVICIOS AMBIENTALES

 

Acciones

 

1¡- Proponer y promover reg’menes normativos, mecanismos institucionales y acciones que tiendan a difundir la adopci—n de tecnolog’as y procesos, y la utilizaci—n y consumo de productos y servicios ambientalmente adecuados.

 

2¡- Desarrollar y fomentar programas y acciones referidos a tecnolog’as, procesos y servicios ambientales, a nivel de las empresas y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.

 

3¡- Promover y supervisar diagn—sticos de situaci—n y evaluaciones de desempe–o de las tecnolog’as, procesos, servicios y productos m‡s difundidos a nivel nacional.

 

4¡- Proponer y desarrollar acciones tendientes al registro de tecnolog’as, procesos, servicios y productos ambientalmente adecuados y disponibles en el mercado nacional y regional.

 

5¡- Identificar l’neas de crŽdito y mecanismos de asistencia financiera en general, en el pa’s y a nivel internacional, para fomentar la adopci—n de tecnolog’as, procesos y servicios ambientales.

 

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE

 

DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE

 

Responsabilidad primaria:

 

1.- Elaborar propuestas y ejecutar pol’ticas, programas y proyectos destinados al logro de procesos de desarrollo sustentable.

 

2.- Proponer y promover reg’menes normativos y acciones que tiendan a la consolidaci—n, recuperaci—n y utilizaci—n sustentable de los recursos naturales renovables.

 

3.- Proponer y promover programas tendientes a lograr un conocimiento integral de los recursos naturales renovables del pa’s y a incorporar y adecuar tŽcnicas de aprovechamiento que superen lo meramente extractivo.

 

4.- Coordinar programas y proyectos que atiendan a la inserci—n de la variable ambiental en las pol’ticas sectoriales de desarrollo atendiendo, especialmente, a aquellas destinadas a revitalizar las econom’as regionales postergadas.

 

 

Acciones

 

1¡- Proponer y ejecutar pol’ticas y programas tendientes a lograr un conocimiento integral de los recursos naturales del pa’s para su valoraci—n y desarrollo sustentable.

 

2¡- Proponer y ejecutar programas para la protecci—n y recuperaci—n de la flora y la fauna silvestre y las masas forestales nativas y a preservar la biodiversidad en forma coordinada con entes pœblicos o privados competentes en la materia.

 

3¡- Proponer y ejecutar pol’ticas y programas tendientes a la conservaci—n y mejoramiento de los suelos.

 

4¡- Proponer y ejecutar pol’ticas y programas tendientes a la investigaci—n y manejo sustentable de la fauna marina y dulce acu’cola.

 

DIRECCION DE RECURSOS FORESTALES NATIVOS

 

Acciones

 

1¡- Desarrollar y fomentar planes, programas y proyectos referidos a la preservaci—n y recuperaci—n de las masas forestales nativas, y preservar la biodiversidad de los sistemas naturales e impedir su uso irracional.

 

2¡- Proponer y promover reg’menes normativos y acciones que tiendan al mejoramiento de los recursos forestales nativos, a travŽs de un enfoque integral del ambiente.

 

3¡- Promover planes, programas y proyectos que atiendan a la inserci—n de la utilizaci—n sustentable de los recursos forestales nativos en pol’ticas sectoriales de desarrollo, particularmente identificadas por los organismos de planificaci—n econ—mica competentes, con el fin de incentivar, especialmente, el crecimiento de econom’as regionales protegidas.

 

4¡- Definir las zonas y tipos de forestaci—n adecuadas para la recuperaci—n y conservaci—n de las masas forestales nativas.

 

5¡- Proponer y desarrollar un programa forestal nacional, con cronogramas y metas cuantificables, para la recuperaci—n de bosques nativos.

 

6¡- Supervisar y asistir el PLAN NACIONAL DE MANEJO DE FUEGO.

 

DIRECCION DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE

 

Acciones

 

1¡- Desarrollar y fomentar planes, programas y proyectos referidos al manejo adecuado de la flora y fauna silvestre, tendientes a evitar la extinci—n de las especies, a su utilizaci—n sostenible y a preservar la biodiversidad de los sistemas naturales e impedir su uso irracional.

 

2¡- Proponer y promover reg’menes normativos y acciones que tiendan al mejoramiento y preservaci—n de los recursos de fauna y flora silvestre con el fin de alcanzar un desarrollo sustentable.

 

3¡- Promover planes, programas y proyectos que atiendan a la inserci—n de la utilizaci—n sustentable de los recursos de fauna y flora silvestre en pol’ticas sectoriales de desarrollo, particularmente, aquellas identificadas por los organismos de planificaci—n econ—mica competentes, con el fin de incentivar, especialmente, el crecimiento de econom’as regionales postergadas.

 

4¡- Desarrollar los estudios biol—gicos y de los ecosistemas de las especies aut—ctonas y protegidas.

 

5¡- Realizar las adaptaciones y estudios taxon—micos correspondientes.

 

6¡- Controlar el trafico interjurisdiccional de especies silvestres.

 

DIRECCION DE CONSERVACION DEL SUELO

 

Acciones

 

1¡- Desarrollar y fomentar planes, programas y proyectos referidos a la recuperaci—n y utilizaci—n sostenible de los suelos, tendiendo a evitar su erosi—n y degradaci—n.

 

2¡- Proponer y promover reg’menes normativos y acciones que tiendan al mejoramiento del recurso suelo con el fin de alcanzar un desarrollo sustentable.

 

3¡- Promover planes, programas y proyectos que atiendan a la inserci—n de la utilizaci—n sustentable del recurso suelo en pol’ticas sectoriales de desarrollo, particularmente identificadas por los organismos de planificaci—n econ—mica competentes, con el fin de incentivar, especialmente, el crecimiento de econom’as regionales postergadas.

 

DIRECCION DE RECURSOS ICTICOLAS Y ACUICOLAS

 

Acciones

 

1¡- Desarrollar y fomentar planes, programas y proyectos referidos a la investigaci—n de la fauna marina y dulce acu’cola.

 

2¡- Proponer y promover reg’menes normativos y acciones que tiendan al mejoramiento de los recursos ict’colas y acu’colas con el fin de alcanzar un desarrollo sustentable.

 

3¡- Promover planes, programas y proyectos que atiendan a la inserci—n de la utilizaci—n sustentable de los recursos ict’colas y acu’colas en pol’ticas sectoriales de desarrollo, particularmente aquellas identificadas por los organismos de planificaci—n econ—mica competentes, con el fin de incentivar, especialmente el crecimiento de econom’as regionales postergadas.

 

4¡- Efectuar el seguimiento del inventario de los recursos ict’colas y acu’colas, con el fin de propender a la preservaci—n de las especies de la fauna marina, fluvial y lacustre.

 

DIRECCION NACIONAL DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

 

Responsabilidad Primaria:

 

1.- Elaborar propuestas y ejecutar pol’ticas, programas y proyectos destinados al manejo de las relaciones institucionales que posibiliten el logro de procesos de desarrollo sustentable.

 

2.- Realizar la gesti—n inherente a la participaci—n de la Secretar’a en la ejecuci—n de Convenios y Acuerdos y en organizaciones internacionales, multilaterales, bilaterales, regionales y sectoriales, en temas de su competencia espec’fica, as’ como en bloques de  integraci—n regional.

 

3.- Coordinar programas y proyectos con las distintas jurisdicciones nacionales, provinciales y municipales relacionados con los temas de su competencia.

 

 

Acciones

 

1¡- Gestionar fondos para el desarrollo de programas y proyectos de fomento, protecci—n, conservaci—n y recuperaci—n del ambiente y los recursos naturales.

 

2¡- Asistir en el establecimiento de relaciones permanentes con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

 

3¡- Gestionar becas de capacitaci—n en temas de promoci—n, protecci—n, evaluaci—n, control y recuperaci—n ambiental como, asimismo, para la organizaci—n de congresos, seminarios y toda aquella actividad tendiente a la difusi—n de temas ambientales.

 

4¡- Administrar el SISTEMA DE INFORMACION AMBIENTAL NACIONAL, con la participaci—n de organismos nacionales, de las provincias y organizaciones no gubernamentales.

 

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

 

DIRECCION GENERAL DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

 

Responsabilidad primaria:

 

1.- Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo tŽcnico administrativo de la jurisdicci—n, administrando los recursos humanos, econ—micos, financieros, tŽcnicos y todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicci—n.

 

 

Acciones

 

1¡- Asistir al Secretario en el dise–o de la pol’tica presupuestaria de la jurisdicci—n.

 

2¡- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categor’as program‡ticas en la formulaci—n del presupuesto y la programaci—n de la ejecuci—n presupuestaria y las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

 

3¡- Asistir al Secretario en el dise–o de la pol’tica de recursos humanos, sistemas administrativos e inform‡ticos de la jurisdicci—n, supervisando la ejecuci—n de las mismas.

 

4¡- Realizar las actividades del Servicio Administrativo Financiero de la jurisdicci—n.

 

5¡- Realizar el dise–o e instrumentaci—n de los sistemas, de informaci—n y equipamiento inform‡tico, adecuados para el cumplimiento de los fines del ‡rea.

 

6¡- Intervenir en los aspectos organizativos sobre los sistemas y tŽcnicas que se emplean, con el fin de asegurar servicios con criterio uniforme.

 

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

 

Acciones

 

1¡- Ejecutar las pol’ticas y emplear las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitaci—n y desarrollo, las relaciones laborales y dise–o organizacional.

 

2¡- Administrar y mantener actualizados los sistemas de informaci—n relacionados con los recursos humanos.

 

3¡- Elaborar y proponer, en los temas pertinentes del ‡rea, las modificaciones de las estructuras organizativas que corresponden a partir del an‡lisis organizacional.

 

4¡- Ejercer la coordinaci—n tŽcnica jurisdiccional y actualizaci—n del sistema de relevamiento y evaluaci—n de los puestos de trabajo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.

 

5¡- Coordinar y asistir tŽcnicamente el proceso de bœsqueda, selecci—n e integraci—n del personal y custodiar y mantener actualizados los Legajos Unicos del Personal y las bases de datos correspondientes.

 

6¡- Coordinar y asistir tŽcnicamente el proceso de evaluaci—n de desempe–o asistiendo a las autoridades intervinientes y los ComitŽs de Evaluaci—n en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la administraci—n de los resultados del proceso.

 

7¡- Monitorear el estado de avance del personal en el rŽgimen de carrera y proponer las pol’ticas y medidas pertinentes.

 

8¡- Mantener relaciones con los representantes gremiales.

 

9¡- Asegurar la adecuada aplicaci—n de la legislaci—n en materia de recursos humanos, de la higiene y seguridad laboral, de la seguridad social y organizaci—n de las estructuras.

 

10.- Asistir tŽcnicamente a la Delegaci—n Jurisdiccional de la Comisi—n Permanente de Carrera.

 

11.- Administrar y liquidar el sistema de sueldos de la Secretar’a y controlar su efectivo cumplimiento en tiempo y forma con las otras ‡reas como as’ tambiŽn con las dependencias externas.

 

DIRECCION DE COMPRAS, CONTABILIDAD Y FINANZAS

 

1.- Registrar la informaci—n contable y financiera del presupuesto anual de la Secretar’a.

 

2.- Administrar y registrar los ingresos; liquidar las erogaciones y ordenar su pago mediante los libramientos que correspondan.

 

3.- Ejecutar las contrataciones de bienes, suministros y servicios generales.

 

4.- Rendir cuenta documentada o comprobable de su gesti—n a la Tesorer’a General de la Naci—n.

 

DIRECCION GENERAL DE COORDINACION DE ASUNTOS JURIDICOS

 

Responsabilidad Primaria:

 

1.- Representar judicialmente a la Secretar’a, dictaminar y asesorar jur’dicamente a la Secretar’a de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable.

 

2.- Dictaminar en los recursos de alzada provenientes de los Organismos descentralizados de la jurisdicci—n.

 

 

Acciones

 

1¡- Dictaminar sobre los proyectos de leyes, decretos y resoluciones y sobre dem‡s cuestiones jur’dicas que se sometan a su consideraci—n.

 

2¡- Redactar o colaborar en la redacci—n de los proyectos de leyes, decretos, convenios y otros actos administrativos que le requiera la Superioridad.

 

3¡- Intervenir en la sustanciaci—n de recursos y denuncias administrativas.

 

4¡- Llevar un registro actualizado de normas legales y reglamentarias, dict‡menes y fallos jurisprudenciales de interŽs para la Secretar’a.

 

5¡- Llevar un registro actualizado de los dict‡menes que produzcan la Direcci—n General y la Direcci—n de Dict‡menes de la Secretar’a, la Procuraci—n del Tesoro de la Naci—n, la Sindicatura General de la Naci—n, la Direcci—n Nacional del Servicio Civil y otros organismos oficiales que sean de interŽs general o de competencia espec’fica de la Secretar’a.

 

6¡- Organizar, dirigir y supervisar la Biblioteca Jur’dica de la Secretar’a e incrementar y velar por la conservaci—n del material bibliogr‡fico que la integra.

 

7¡- Suministrar a las distintas ‡reas de la Secretar’a de informaci—n jur’dica que requieran para el mejor desempe–o de sus funciones.

 

DIRECCION DE DICTAMENES

 

Acciones

 

1¡- Asistir al Director General de Coordinaci—n de Asuntos Jur’dicos en el cumplimiento de sus funciones.

 

2¡- Proyectar los Dict‡menes de los asuntos sometidos a su an‡lisis.

 

3¡- Asesorar jur’dicamente a las distintas ‡reas de la Secretar’a, as’ como intervenir en la sustanciaci—n de recursos y denuncias administrativas.

 

4¡- Colaborar en la redacci—n de los proyectos de leyes, decretos, convenios y otros actos administrativos que le requieran las distintas ‡reas de la Secretar’a.

 

DIRECCION DE ASUNTOS CONTENCIOSOS

 

Acciones

 

1¡- Representar al Estado Nacional en los juicios en que la Secretar’a sea parte como actora o demandada o en cualquier otro car‡cter.

 

DIRECCION DE INSTRUCCION SUMARIA

 

Acciones

 

1¡- Sustanciar las informaciones sumarias y sumarios administrativos al personal comprendido en el RŽgimen Jur’dico B‡sico de la Funci—n Pœblica.

 

2¡- Realizar la instrucci—n de sumarios por incumplimiento de la legislaci—n de competencia de esta Secretar’a.

 

DIRECCION GENERAL DE COORDINACION DE PROYECTOS

 

Responsabilidad Primaria:

 

1.- Programar con las distintas dependencias y organismos descentralizados de la jurisdicci—n, los prŽstamos y donaciones que se formulen conforme a las prioridades fijadas por el Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable.

 

2.-Coordinar la administraci—n de programas financiados con prŽstamos y donaciones en todo el ‡mbito de la jurisdicci—n y efectuar el seguimiento de los mismos.

 

3.-Ejercer, juntamente con la Direcci—n General de Coordinaci—n Administrativa y los respectivos coordinadores de las unidades ejecutoras, cuando correspondiere, la representaci—n de la jurisdicci—n ante los organismos internacionales de financiamiento, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO, a los efectos de la formulaci—n y posterior ejecuci—n de programas financiados con prŽstamos y donaciones.

 

Acciones

 

1¼-Supervisar, controlar y evaluar la ejecuci—n de los programas con financiamiento externo.

 

2¼-Participar en la programaci—n presupuestaria de los programas con financiamiento externo.

 

3¼-Coordinar con la SECRETARIA DE HACIENDA, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y con las jurisdicciones que correspondan, los aspectos vinculados con la presupuestaci—n y contabilizaci—n de los desembolsos, de los recursos de crŽdito y las contrapartidas de los programas con organismos internacionales y donaciones.

 

ANEXO IV

 

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEPENDIENTES

 

-ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

-INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE

-ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA)

-ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS)

-ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS COMAHUE (ORSEP-COMAHUE)

 

 

 

ANEXO V

 

PROYECTOS / PROGRAMAS

 

A) En Ejecuci—n

 

BID552/OC-AR-Agua Oeste Gran Buenos Aires - Decreto N¼ 630/89 y N¼  791/95. Aguas Argentinas 621 /OC-AR  y 855/SF-AR  857/OC-AR

 

-Programa Nacional de agua potable y alcantarillado cloacal (PRONAPAC) ENOHSA - Decreto N' 596/91.

 

-Programa Nacional de Agua Potable

 

Saneamiento VI Etapa - Decreto N¼ 789/95.

 

BIRF3281 -AR-Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado Cloacal

 

(PRONAPAC) ENHOSA - Decreto N¼ 596/91.

 

B) En Preparaci—n

 

BIDAR-0175Programa Nacional de Agua y Alcantarillado II AR-0228

 

Aprovechamiento de la Cuenca R’o Hondo AR-S/NPrograma de Agua y Alcantarillado III BIRFAR-S/N"Agua y Saneamiento Provincial"

 

C) Donaciones

 

Jap—n -BIRF TF N9 2935-6 - Decreto N¼ 154/96.

 

 

 

ANEXO VI

 

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

 

I -Modificaciones a la Planilla Anexa al art. 2¼ del Decreto N¼ 756/97

 

Objetivos

 

1. Entender en la elaboraci—n, propuesta y ejecuci—n de la pol’tica nacional en materia de obras publicas no hidr‡ulicas, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas a nivel nacional, regional y provincial. Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecuci—n, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente por la normativa vigente sobre la materia o las que en el futuro se le deleguen.

 

2. Conducir la gesti—n y obtenci—n de cooperaci—n tŽcnica y financiera internacional que otros pa’ses u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y pol’ticas de la Secretar’a de Obras Pœblicas.

 

3. Entender en la formulaci—n, seguimiento y control de aplicaci—n de las pol’ticas relativas a los bienes f’sicos de propiedad del Estado nacional e implementar y mantener actualizado un sistema de informaci—n que facilite la operaci—n de dichos bienes.

 

4. Supervisar y coordinar todos los actos de administraci—n de los bienes inmuebles del Estado Nacional correspondientes a la Administraci—n Centralizada, su adquisici—n, disposici—n, conservaci—n, mantenimiento y asignaci—n, y en la racionalizaci—n de los espacios f’sicos, formulando las pol’ticas relativas a su conservaci—n y mantenimiento, y efectuar su seguimiento y control.

 

5. Ejercer las atribuciones encomendadas a la Comisi—n Venta Inmuebles Estatales creada por Decreto N¼ 2137 del 10 octubre de 1991 y ejercer las atribuciones encomendadas por la ley N¼ 24.383.

 

6. Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las ‡reas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretar’a cuando tengan una vinculaci—n funcional con la misma, y hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

 

7. Asistir en la resoluci—n de los recursos de car‡cter administrativo que se interpongan en contra de las actividades espec’ficas del accionar de los entes mencionados en el p‡rrafo anterior.

 

8. Conducir las acciones tendientes a aplicar la pol’tica sectorial orientando al proceso de adaptaci—n de los nuevos operadores al interŽs general.

 

9. Efectuar el seguimiento sistem‡tico de la situaci—n de la econom’a regional.

 

10. Coordinar los aspectos econ—micos, fiscales y financieros as’ como tambiŽn todo lo referido a proyectos de obras pœblicas no hidr‡ulicas, entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

 

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL

 

Objetivos

 

1. Conducir lo vinculado con la programaci—n y articulaci—n de proyectos de obra pœblica a nivel nacional, regional y provincial.

 

2. Formular los programas de obra publica no hidr‡ulica, a nivel regional y provincial.

 

3. Coordinar con dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de otros Ministerios, todos los aspectos relacionados con la programaci—n econ—mica regional.

 

4. Ofrecer asistencia tŽcnica a las provincias en la formulaci—n de programas de desarrollo regional y de obra publica no hidr‡ulica.

 

5. Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para el apoyo del desarrollo regional.

 

6. Coordinar la instrumentaci—n de un banco œnico de datos econ—micos y sociales sobre provincias y econom’as regionales.

 

7. Realizar estudios sobre las econom’as regionales.

 

8. Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo regional.

 

9. Asistir en la planificaci—n de las pol’ticas de concesiones de obras pœblicas no hidr‡ulicas, en especial, del sistema vial nacional.

 

10. Coordinar los aspectos fiscales, econ—micos y financieros y sus impactos sociales en la relaci—n entre el Gobierno Nacional y los sectores pœblicos provinciales y municipales y dise–ar y operar un sistema de informaci—n sobre la gesti—n financiera de las provincias y municipios que permita su integraci—n a las cuentas nacionales.

 

11. Efectuar la evaluaci—n y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados provinciales, su infraestructura productiva, los procesos de privatizaciones y desregulaci—n y en general, todo lo atinente al examen y resoluci—n de las cuestiones objeto de controversia en el campo econ—mico, financiero y/o fiscal entre la Naci—n y las provincias.

 

12. Coordinar en todo lo atinente a opciones de cooperaci—n y asistencia nacional e internacional, bilaterales y multilaterales, disponibles para las provincias y municipios en apoyo de sus pol’ticas y acciones fiscales, econ—micas y financieras.

 

13. Asistir al secretario de Obras Pœblicas en la gesti—n y obtenci—n de cooperaci—n tŽcnica y financiera, provenientes de organismos internacionales o de otro origen. destinada a la concreci—n de los objetivos de la Subsecretar’a.

 

14. Celebrar convenios con las provincias, municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementaci—n de los programas y acciones de su competencia.

 

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

 

Objetivos

 

1. Elaborar el plan operativo de obras de la Secretar’a de Obras Pœblicas y conducir su ejecuci—n.

 

2. Coordinar el an‡lisis y la elaboraci—n de las propuestas sobre el marco regulatorio que facilite la concreci—n de las mismas.

 

3. Elaborar los pliegos e intervenir en el proceso de contrataci—n de la obra pœblica de responsabilidad de la Secretar’a de Obras Pœblicas.

 

4. Asistir al secretario de Obras Pœblicas en el ejercicio de las facultades que le han sido delegadas o le fueren delegadas en el futuro, respecto de las normas rectoras sobre obras pœblicas y/o sobre concesiones de obras publicas no hidr‡ulicas.

 

5. Asistir a los organismos de contralor respectivos en la fiscalizaci—n de las concesiones viales.

 

6. Entender en la formulaci—n, seguimiento y ejecuci—n de las pol’ticas relativas a la construcci—n, conservaci—n y reciclaje de edificios fiscales y a la restauraci—n y conservaci—n de monumentos hist—ricos nacionales.

 

7. Entender en la elaboraci—n, ejecuci—n, modificaci—n, reformulaci—n y rescisi—n de los contratos celebrados y las licitaciones o contrataciones que se efectœen con motivo de las acciones vinculadas a la restauraci—n, conservaci—n, preservaci—n, mantenimiento, construcci—n y reciclaje de los monumentos y lugares hist—ricos e inmuebles fiscales, como as’ tambiŽn la administraci—n de obras solicitadas por otros organismos o reparticiones del Estado Nacional.

 

8. Brindar la asistencia tŽcnica y administrativa al Tribunal Arbitral de Obras Pœblicas.

 

Supervisar el accionar de los organismos descentralizados de su Jurisdicci—n.

 

II-Planilla Anexa al art. 39 del Decreto N¼ 756/97.

 

Secretar’a de Pol’tica Econ—mica (10)

 

Subsecretaria de Programaci—n Macroecon—mica (2)

 

Direcci—n Nacional de Cuentas Nacionales (1)

 

Direcci—n Nacional de Cuentas Internacionales (1)

 

Direcci—n Nacional de Coordinaci—n de Pol’ticas Macroecon—micas (1)

 

Subsecretar’a de Bancos y Seguros (2)

 

Subsecretar’a de Inversi—n Pœblica y Gasto Social (3)

 

Direcci—n Nacional de Inversi—n Pœblica (1)

 

Direcci—n Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de CrŽdito (1)

 

Direcci—n Nacional de Programaci—n del Gasto Social (1)

 

Instituto Nacional de Estad’stica y Censos ( 1)

 

Direcci—n de Difusi—n (1)

 

Direcci—n General de Administraci—n y Operaciones (1)

 

Direcci—n Nacional de Metodolog’a Estad’stica, Tecnolog’a y Coordinaci—n del Sistema Estad’stico Nacional (1)

 

Direcci—n Nacional de Recursos Humanos y Organizaci—n (1)

 

Direcci—n Asistente de Estad’sticas Sociodemogr‡ficas y Econ—micas (1)

 

Direcci—n Nacional de Estad’sticas y Precios de la Producci—n y el Comercio (1)

 

Direcci—n Nacional de Estad’sticas del Sector Externo (1)

 

Direcci—n Nacional de Estad’sticas Sociales y de Poblaci—n (1)

 

Direcci—n Nacional de Encuestas a Hogares (1)

 

Secretaria de Energ’a (2)

 

Direcci—n General de Cooperaci—n y Asistencia Financiera (1)

 

Subsecretar’a de Energ’a (2)

 

Direcci—n Nacional de Prospectiva (1)

 

Direcci—n Nacional de Promoci—n (1)

 

Subsecretaria de Combustibles (2)

 

Direcci—n Nacional de Econom’a de los Hidrocarburos (1)

 

Direcci—n Nacional de Recursos Hidrocarbur’feros y Combustibles (1)

 

Secretar’a de Transporte

 

Subsecretar’a de Transporte Aerocomercial, Fluvial y Mar’timo

 

Direcci—n Nacional de Transporte Aerocomercial (1)

 

Direcci—n Nacional de Transporte Fluvial y Mar’timo

 

Subsecretar’a de Puertos y V’as Navegables (2)

 

Direcci—n Nacional de V’as Navegables (I)

 

Direcci—n Nacional de Infraestructura Portuaria (1)

 

Subsecretar’a de Transporte Terrestre (4)

 

Direcci—n Nacional de Pol’ticas de Transporte Automotor (1)

 

Direcci—n Nacional de Pol’ticas de Transporte Ferroviario (1)

 

Secretaria de Obras Pœblicas

 

Direcci—n Nacional de Bienes del Estado (1)

 

Subsecretar’a de Obras Pœblicas

 

Direcci—n Nacional de Arquitectura (1)

 

Direcci—n Nacional de Ejecuci—n de Proyectos (8)

 

Subsecretar’a de Programaci—n Regional (2)

 

Direcci—n Nacional de Evaluaci—n y Programaci—n de Proyectos (9)

 

Direcci—n Nacional de Programaci—n Regional (6)

 

Direcci—n Nacional Coordinaci—n con las Provincias (7)

 

(1) Mantienen vigentes sus actuales responsabilidades primarias, acciones y dotaci—n.

 

(2) Mantiene vigente la dotaci—n asignada.

 

(3) Absorbe la dotaci—n asignada a la ex-Subsecretar’a de Inversi—n Pœblica.

 

(4) Absorbe la dotaci—n asignada a la ex-Subsecretar’a de Transporte Metropolitano y de Larga Distancia.

 

(5) Absorbe las dotaciones asignadas a la Subsecretar’a de Obras Pœblicas y la ex-Subsecretar’a de Gesti—n de los Recursos H’dricos.

 

(6) Absorbe la responsabilidad primaria, acciones y dotaci—n de la ex Direcci—n Nacional de Programaci—n Econ—mica Regional.

 

(7) Absorbe la responsabilidad primaria, acciones y dotaci—n de la ex Direcci—n Nacional de Coordinaci—n Fiscal con las provincias.

 

(8) Absorbe la responsabilidad primaria, acciones y dotaci—n de la ex Direcci—n Nacional de Programaci—n y Ejecuci—n de Proyectos.

 

(9) Absorbe la responsabilidad primaria, acciones y dotaci—n de la ex Direcci—n Nacional de Evaluaci—n y Control.

 

(10) Absorbe la dotaci—n asignada a la ex Secretar’a de Programaci—n Econ—mica.

 

III Planilla Anexa al art. 5¼ del Decreto N¼ 756/97.

 

DEPENDENCIA JERARQUICA DE LOS ORGANISMOS NO INTEGRANTES DE LA ADMINISTRACION CENTRAL, DE LAS AREAS AFECTADAS POR EL PRESENTE DECRETO.

 

Secretaria de Pol’tica Econ—mica:

 

Superintendencia de Seguros de la Naci—n

 

Comisi—n Nacional de Valores

 

Casa de Moneda S.E.

 

Subsecretar’a de Programaci—n Macroecon—mica:

 

Instituto Superior de los Economistas de Gobierno

 

Secretar’a de Obras Pœblicas:

 

Organo de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires

 

Subsecretar’a de Obras Pœblicas:

 

Direcci—n Nacional de Vialidad

 

Tribunal de Tasaciones de la Naci—n

 

Secretar’a de Transporte:

 

Ente Nacional de Administraci—n de Bienes Ferroviarios

 

Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos

 

Subsecretar’a de Transporte Aerocomercial, Fluvial y Mar’timo:

 

Intercargo S.A.C.

 

Subsecretar’a de Transporte Terrestre:

 

Comisi—n Nacional de Regulaci—n del Transporte

 

Ferrocarril General Belgrano S.A.

 

Secretaria de Energ’a

 

Ente Nacional Regulador de la Electricidad

 

Ente Nacional Regulador del Gas

 

NucleoelŽctrica Argentina S.A.

 

ANEXO VII